Nunca pude presenciar una proyección en el Cine Teresa

Qué poca madre. Qué pendejada. Eso fue lo que pensé hace tiempo cuando tras notar que el Cine Teresa estaba permanentemente cerrado leí que lo iban a convertir en un centro comercial [http://sipse.com/noticias/84488-legendario-cine-teresa-sera-centro-comercial.html].


Qué poca madre, porque se supone que no solo se trataba del cine porno de mayor tradición y renombre de la Ciudad de México, sino además del más lujoso del mundo. Por cierto, estaba considerado como patrimonio cultural arquitectónico por el INBA. [http://www2.eluniversal.com.mx/pls/impreso/noticia.html?id_nota=23096&tabla=cultura].

Qué pendejada, porque al ser una obra arquitectónica tan apreciada, un edificio al estilo del art déco [http://www.cnnexpansion.com/obras/2009/08/26/cine-teresa-especie-en-extincion], por su ubicación, por su renombre, por todo, pudo haber sido utilizado para algo mejor que un centro comercial. Se me ocurre un espacio para la difusión del arte. O un museo del cine porno.

El caso es que la semana pasada andaba yo por los rumbos del legendario Cine Teresa y me sorprendí mucho de verlo ya transformado en recinto comercial. Ahora se llama Centrocel Teresa.

Lástima, nunca pude presenciar una proyección en el Teresa.

Comentarios

  1. el pedo esque las catalogaciones del INBA no sirven practicamente para un carajo (preguntale a vladimir kaspé) las chidas son las del INAH pero solo tienen injerencia hasta 1901.

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  2. Según el artículo 36, fracción I de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos son monumentos históricos los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX… Y, como el siglo XIX va de 1801 a 1900, la injerencia del INAH termina en el último minuto del 31 de diciembre de 1900. A partir del primer minuto del 1 de enero de 1901 se la pellizca y le toca al INBA. Aunque me parece pertinente comentar que en ocasiones no se puede hacer este corte tajante en la competencia del INAH o INBA, por eso esta misma ley dice en el artículo 46 que en caso de duda sobre la competencia de los Institutos, el Secretario de Educación Pública (actualmente es un grandísimo pendejo) resolverá a cual Instituto corresponde la competencia. Y dice también que para los efectos de competencia, el carácter arqueológico de un bien tiene prioridad sobre el carácter histórico, y éste a su vez sobre el carácter artístico.

    Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

    P.D. Gracias por hacerme recordar mis clases de Arqueología General.

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  3. Ay, pobrecito. Te cerraron las puertas al porno... ja ja ja. No te espantes, hay más cine de esos ;)

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